Tal cual se esperaba
Condenan a Cristina
Como se venía dilucidando con anticipación la Cámara Federal de Casación dejó firme la condena a Cristina Fernández de Kirchner.
Condenada a 6 años de prisión e imposibilidad de ocupar cargos públicos de por vida. Los jueces Mariano Borinky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña dejaron firma lo que YA todos los medios de comunicación adelantaban.
Hoy, ya conocido el fallo, la Defensa de Cristina analiza elevar el Recurso a la Suprema Corte de Justicia.En ese análisis, se considera la posibilidad de que, la Corte, que no tiene ningún plazo para expedirse y fuerte movimiento interno que se vive, los jueces Horacio Rossatti, Carlos Rozenkrantz, Ricardo Lorenzetti y el próximo a jubilarse Juan Carlos Maqueda, les den el tiempo que se necesita.
Hay 10 días hábiles para presentar la Apelación a la Suprema Corte.
La Defensa sostiene que es un "fallo político" ya que no hay pruebas contundentes para condenarla, solo se utiliza la figura de "indicios"
Pero que se puede analizar de la causa contra CFK
1- SOBREPRECIOS: Sin sobreprecios se caía todo el caso. Como ni un solo testigo los pudo acreditar ni tampoco el peritaje oficial (q fue un mamarracho) fue unánime al respecto, el Tribunal inventó -literal- en su fallo un peritaje que concluyó sobreprecios en 3 de las 51 obras.
2- Ninguno de los tres peritos -dice la resolución- arrojaron metodologías acertadas y los tres llegaron a conclusiones distintas. Entonces los jueces se hicieron los peritos ingenieros (nunca visto) e improvisaron un estudio...
3- Las tres obras en cuestión fueron las rescindidas por el macrismo en 2018 y re licitadas un 19% por debajo del valor de mercado. Eran para continuar trabajos que ya estaban empezados. Los jueces Compararon obras hechas desde cero con trabajos para completar esas mismas obras..
4- Como es lógico, completar algo ya empezado es mucho más barato que hacerlo de cero. Por eso a los jueces que jugaron a ser peritos el resultado de sus cuentas le dio sobreprecios. Es decir consideraron que terminar la obra (aproximadamente 15%) salía más caro que el grueso de la obra.
5- ¿Por qué hicieron esto? sin sobreprecios se caía toda la causa. Como no se acreditaron, los inventaron. Los jueces explicaron en su fallo que sacaron promedios de los valores de los ítems de las obras y compararon. Peras con manzanas, claro.
6- Ni un solo testigo complicó la situación de Cristina. Nadie dijo que ella hubiera ordenado beneficiar a Báez con las licitaciones... No hay firma de CFK en ningún expediente (los presidente no firman licitaciones) O sea que lo que se establece en jurisprudencia: NO HUBO PRUEBA DIRECTA.
7- Entonces, ¿Con qué elementos la condenaron? El propio fallo de 1ra instancia admitió que sólo pudieron construir prueba indiciaria (el in dubio pro reo te lo debo, todos somos inocentes ante la Justicia hasta tanto no se demuestre lo contrario). Los jueces armaron un relato de interpretaciones sin UNA SOLA prueba directa contra CFK.
8- Interpretaron que la responsabilidad inicial de CFK estuvo en la dotación de dinero y modificación de un fideicomiso que había sido creado en 2001 a través del Banco Nación. Esos fondos tenían como beneficiaria a la Dirección Nacion9- Para el Tribunal, la firma del decreto y la posterior asignación de obras, si se analiza en conjunto con los mensajes del celular de José López es la prueba que dice que CFK quiso beneficiar a Báez...al de Vialidad para obras de Santa Cruz. Una interpretación propia de quienes tenían interés de condenarla sí o sí.
9- Para el Tribunal, la firma del decreto y la posterior asignación de obras, si se analiza en conjunto con los mensajes del celular de José López es la prueba que dice que CFK quiso beneficiar a Báez.
10- Manteniendo el concepto, según la línea argumental del TOF2, Cristina se benefició personalmente vía múltiples operaciones comerciales con Báez (causas Hotesur y Los Sauces en las que la expresidenta fue sobreseída. Parte del disparate jurídico del fallo).
11- Lo que no terminaron de dejar en claro los magistrados es la prueba concreta del supuesto “interés” o dolo de Cristina. Por el contrario, a la conclusión de su responsabilidad arriban por asociación de hechos e indicios, según las propias palabras de los jueces... "INDICIOS".
12- Una actitud siniestra que tomó la prueba del celular de José López como válida y esencial para probar el vínculo entre CFK y Lázaro Báez. Los mensajes fueron introducidos por la fiscalía a último momento en el juicio, durante los alegatos! Algo que jurídicamente no se puede hacer.
13- Durante tres años tuvieron esa prueba y no la usaron! ¿Por qué? Porque al incorporarla al final, muy simple: ningún testigo fue interrogado por el contenido de los chats y los imputados no pudieron ejercer su defensa sobre esta prueba en concreto.
14- Entonces, fiscalía y jueces interpretaron lo que quisieron sobre las conversaciones en las que, además, NO está Cristina. Sólo se menciona a "la señora" y a una supuesta reunión que tampoco fue probada entre Báez y CFK.
15- Se supone que si sos fiscal debes y queréis buscar la verdad. ¿Cómo es posible, entonces, que no hayan interrogado a Dios y María Santísima sobre todos los chats de López? Es muy simple: porque podían encontrarse con la verdad. Y la verdad no servía para llegar a una condena.
16- Hay muchos otros puntos flojos de la causa que son más técnicos, pero igual de escandalosos.
17- * No compararon con precios de obras del resto del país * Un perito dijo q fue de paso a ver las obras porque estaba de viaje turístico (así fue la rigurosidad de la prueba nodal) * Hasta Calcaterra declaró q las obras no podrían ser ejecutadas con menor costo que el contratado.
18- * Todas las obras de todo el país son aprobadas por las dos cámaras del Congreso en la ley de presupuesto. Ni un sólo Diputado o Senador fue llamado a declarar.
19- * Los administradores del Estado son los jefes de gabinete, no los presidentes. Ninguno fue imputado. Todos declararon bajo juramento que jamás CFK pidió direccionar partidas a favor de Austral.
20- El derecho administrativo es claro sobre las responsabilidades. Y no pueden imputarle a un funcionario una responsabilidad que la ley no le da... Los actos de los funcionarios/as deben ceñirse sólo a sus competencias.
21- * El fallo dice que "Cristina no podía no saber". Otra barbaridad jurídica: Vulnera el principio penal de la responsabilidad subjetiva. La condenaron a 6 años por lo que es (o fue) y no por lo que hizo. Derecho penal de autor y no de acto, como establece el Código Penal.
22- Conclusión: Casación validó estos términos el fallo que condenó a CFK y a otros 8 imputados se consolidará un mamarracho jurídico de proporciones. La investigación estuvo mal hecha y el expediente manipulado con fines políticos.
23- En mi opinión, si hubo irregularidades en las obras de Santa Cruz, este expediente fue una enorme oportunidad perdida para saber la verdad. Si quieren profundizar pueden leer la causa, está en Internet, son 1600 páginas que para tener una información correcta en lo más posible, YO leí.
Los argumentos que son claves esgrimidos por la Defensa de Cristina es que, al no tener pruebas concretas, el fallo de primera instancia es político para lograr proscribirla.
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